La vivienda una necesidad básica.

 

La vivienda adecuada es una necesidad básica, es el lugar de refugio que necesitan las personas para protegerse, resguardarse de las inclemencias del tiempo, preservar su intimidad, y en la mayoría de los casos, representa el lugar de asentamiento no sólo de personas individuales, sino de núcleos familiares. Es una necesidad humana básica, como el alimento, el abrigo o el descanso.

Diversos instrumentos internacionales reconocen el derecho a la vivienda; el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que en su artículo 11 dice:

 

“… derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados…”

 

También se encuentra entre los Derechos del Niño (artículo 27 de la Convención), la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (artículo 5) y en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (artículo 14).

El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos menciona

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

 

 

Este derecho, no debe ser concebido sólo como la acción de brindar un techo o dar cobijo a las personas, el Derecho a la Vivienda Adecuada, es más que eso, es entender que tanto hombres como mujeres de todas las edades, clase y condición social tienen acceso a una casa que sea un lugar donde puedan vivir con seguridad, dignidad, paz y un ambiente saludable tanto en la condición física como en la condición psicológica.

Entendiendo que para que una vivienda sea adecuada, debe cumplir con los siguientes componentes:

 

  • Seguridad Jurídica. Todas las personas deben tener un grado de seguridad sobre su propiedad que les garantice una protección legal contra el desalojo forzoso, el hostigamiento y otras amenazas.
  • Disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura. Una vivienda adecuada debe contar con servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición, con el fin de que las personas tengan acceso permanente al agua potable, el gas, el drenaje, el alumbrado, etcétera.
  • Gastos soportables (asequibilidad). Los gastos personales o del hogar vinculados con la vivienda no deben impedir la satisfacción de las necesidades básicas de la familia.
  • Habitabilidad. La vivienda debe ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes, protegerlos del frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento, los animales, derrumbes u otras amenazas para su salud o seguridad física y psicológica.
  • Accesibilidad. Conceder a los grupos vulnerables o desfavorecidos (adultos mayores, niños, personas con capacidades diferentes, personas con problemas médicos constantes, enfermos terminales, víctimas de desastres naturales, entre otros) un acceso pleno a los recursos que les permitan conseguir una vivienda adecuada.
  • Lugar. La ubicación de la vivienda debe permitir el acceso a las opciones de empleo, los servicios de atención a la salud, los centros de atención infantil, las escuelas y otros servicios sociales. El espacio debe de cumplir las condiciones ambientales adecuadas para ser habitable.
  • Adecuación cultural. La manera como se construye la vivienda y los materiales que se emplean en su construcción deben ser los adecuados y permitir la expresión de identidad cultural y la diversidad de la vivienda, sin dejar de asegurar el acceso a los servicios tecnológicos modernos.

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